PUBLICIDAD LINEA 3Empresa creada el día 2 de Julio de 1990 en Córdoba:

Somos unos profesionales del sector eléctrico que nos especializamos en las instalaciones de edificios singulares y viviendas unifamiliares de gran nivel. Nuestros clientes son una parte más de nuestra familia ya que no solo le instalamos sus negocios o viviendas sino que nos convertimos en sus asesores particulares. Nuestra empresa hoy cuenta con personal especializado tanto en instalaciones eléctricas, iluminación y sistemas de control para dar cobertura a nuestros clientes en cada momento. Contamos con unas instalaciones donde no solo las utilizamos como almacén o taller de montaje, sino que son nuestra escuela de formación y  exposición activa de nuestras ofertas.


Nuestra empresa esta en la Categoría de Especialista

Reg.nº 0407  nº Instalador 30455424
Exp.M1-M2-M3-M4-M5-M6-M7-M8-M9

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y su Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-03, las instalaciones eléctricas de baja tensión se realizan, mantienen o reparan por instaladores en baja tensión, que deben desarrollar su actividad en el seno de una empresa instaladora de baja tensión habilitada.

El vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión clasifica, en su ITC-BT- 03, a los instaladores en baja tensión en dos categorías: básica, con atribuciones limitadas a lo indicado en el apartado 3.1 de la citada ITC, y especialista, que extiende su campo de atribuciones a todo el Reglamento citado.

Categoría especialista (IBTE).

Los instaladores y empresas instaladoras de la categoría especialista podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones de la categoría Básica y, además, las correspondientes a:

  • líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía;CALIDAD LINEA
  • Control de procesos;
  • Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos;
  • Sistemas de control distribuido;
  • Seguridad de edificios (sistemas de alarma y detección de incendios);
  • Gestión técnica de la energía;
  • Sistemas de automatización;
  • locales con riesgo de incendio o explosión;
  • Quirófanos y salas de intervención;
  • lámparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares;
  • Instalaciones generadoras de baja tensión; que estén contenidas en el ámbito del presente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas complementarias.